
La Doctrina Parot fue establecida por el Tribunal Supremo en
2006 para que los delincuentes condenados por delitos graves pasen el tiempo
máximo legal de estancia en prisión, que en el caso de Inés del Río eran 30
años. Son muchos los asesinos y violadores que están cumpliendo prisión gracias
a esta doctrina y que si el mal no lo remedia quedarán en libertad en las
próximas semanas o meses sin estar ni siquiera resocializados y reinsertados para convivir en sociedad.
¿Es igual un asesinato que 132? Antes no, ahora
sí. Según el TEDH si se cumple por cada uno de los delitos cometidos, aunque
mates a 132 personas, no puede cumplir el condenado sino el máximo legalmente
establecido, es decir, 30 años en España, porque de lo contrario se vulneraría
los derechos fundamentales de los presos. Resulta paradójico decir que se está
vulnerando derechos vitales a los presos que han matado y violado a decenas de
personas.
Cuando salen este tipo de noticias es cuando me
doy cuenta de para qué sirve ser Europeo, de para qué sirve un Tribunal Europeo
de Derechos Humanos que defiende a los terroristas antes que a las víctimas de
los mismos. Ante esta injusta Sentencia sólo me queda decir que la justicia
falla y la victima calla.
Si la decisión de tumbar la doctrina Parot se
tomó casi por unanimidad, la votación sobre si había o no que indemnizar a la terrorista fue dispar, pero al final ganó el sí a la
indemnización, osea que la ciudadanía Española tiene que pagarle a la señorita
esta, que mató a 24 personas con sus respectivas 24 familias, con 30.000 euros
y para colmo 1.500 más, por las costas del procedimiento.
Y ustedes se preguntarán para qué sirve esta Doctrina
ahora, pues esta doctrina que venía aplicando la Audiencia Nacional, el Tribunal
Supremo y el Tribunal Constitucional sólo servirá para hacerle ver a nuestros
hijos que el 21 de octubre de 2013 la justicia se puso del lado del verdugo.
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